Primero que nada, antes de empezar con mi escrito sobre la Ley, les quería desear Feliz año 2021 a todos los lectores.
Antes de continuar con el último “fake” que ha ido diciendo la oposición sobre esta ley, he de decir que ya no es un decreto ley, sino que es ya una Ley orgánica, puesto que ya fue aprobada por las Cortes Generales el 29 de diciembre del 2020 y publicada en el BOE el 30 de diciembre del 2020, y que entrará en vigor el próximo 19 de enero.
Ahora sí vamos a seguir con los “fakes”. Las semanas anteriores estuve hablando de la lengua, de las escuelas concertadas y de los centros de educación especial. Esta semana es el momento de hablar de la materia de religión. Dejando de lado la opinión personal de si religión sí o no en los centros educativos, he de hablar de lo que dice la Ley. En este sentido la Ley dice que la asignatura de religión será de oferta obligatoria, pero voluntaria para el alumnado. Lo que añade es que dejará de contar para la nota media del expediente, cosa que hará el acceso a la universidad y a becas más equitativo y justo para todo el mundo, ya que todos sabemos qué ha pasado siempre con las notas de esta materia. Como siempre menciono los artículos de la Ley en los que se puede consultar para que se vea que no me invento nada, el punto en que podemos encontrar esta información es: Disposición adicional segunda. Enseñanza de la Religión, apartado 1, de la antigua Ley puesto que este punto no se ha modificado, como podemos leer en el «BOE» núm. 340, de 30/12/2020, que dice: Setenta y ocho. Se modifica el apartado 3 de la disposición adicional segunda. Por tanto, el punto 1 que es donde nos habla de la enseñanza de la religión no se ha modificado.
Con mis escritos he intentado aclarar los puntos que más polémica han traído en la oposición a esta Ley. Espero que a los que estaban indecisos en si creer o no en esos “fakes” haya podido ayudar a resolver sus dudas. A los que todavía siguen estando en contra les invito a que se lean la Ley y no se dejen influenciar por lo que dice un partido político u otro. Muchos igual diréis “y lo dice una persona que está representando a un partido político”, pues sí, pero para hacer este artículo no me he basado en lo que ha podido decir mi partido político, sino que me he leído el proyecto de la ley, las 195 páginas de las que consta.
Para acabar haré un pequeño resumen de la Ley. Sus principales objetivos son cuatro: Objetivo 1: Modernizar el sistema educativo; Objetivo 2: Recuperar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema; Objetivo 3: Mejorar los resultados y aumentar el éxito escolar y Objetivo 4: Estabilizar el sistema educativo como pilar básico de las políticas de conocimiento.
Para conseguir estos objetivos trabajará en torno a cinco ejes transversales: los derechos de la infancia, la perspectiva de género y coeducación, la educación digital, el aprendizaje competencial y personalizado y por último la educación para el desarrollo sostenible.
Bueno, ha sido un placer poder compartir mi lectura de la Ley con todos los lectores de este medio de comunicación. Ha sido mi estreno el hablar de esta Ley, pero espero poder compartir con todos ustedes más pensamientos sobre educación, campo en el que se desarrolla mi vida laboral.